¿Qué garantías tengo al comprar una propiedad?
Al momento de comprar un departamento el desarrollador está obligado a cumplir con ciertas obligaciones de garantías estipuladas en la ley.

Al momento de comprar un departamento el desarrollador está obligado a cumplir con ciertas obligaciones de garantías estipuladas en la ley.
Vicios ocultos viene estipulado a partir del artículo 2332 al 2352. del código civil para el Estado de Quintana Roo, y menciona que tendrás un periodo de garantía de un año a partir de la entrega del inmueble.
La NOM-247-SE-2021 y el artículo 73 Quarter de la Ley Federal del Consumidor.
Nos hace mención de otras garantías:
Si te realizan una reparación esta inicia un periodo de garantía nuevo, pero todo el demás inmueble sigue operando con la garantía anterior.
En caso de que el consumidor haya hecho valer la garantía mencionadas anteriormente y no obstante, persistan los defectos o fallas, éste se verá obligado de nueva cuenta a realizar todas las reparaciones necesarias para corregirlas de inmediato, así como pagarle, en el caso de defectos o fallas leves, una bonificación del cinco por ciento sobre el valor de la reparación; en caso de defectos o fallas graves, el desarrollador deberá realizar una bonificación del veinte por ciento de la cantidad señalada en el contrato como precio del bien.
Los defectos o fallas graves, son aquellos que afecten la estructura o las instalaciones del inmueble y comprometan el uso pleno o la seguridad del inmueble, o bien, impidan que el comprador use el inmueble.
En caso de que los defectos o fallas graves sean determinados por el desarrollador como de imposible reparación, éste podrá optar desde el momento en que se le exija el cumplimiento de la garantía, por sustituir el inmueble, en cuyo caso se estará a lo dispuesto a los siguiente, sin que haya lugar a la bonificación del 5% y 20%.
Para el supuesto el desarrollador no haya corregido los defectos o fallas graves, el comprador podrá optar por cualquiera de las dos acciones que se señalan a continuación:
https://www.profeco.gob.mx/juridico/pdf/l_lfpc_ultimo_camdip.pdf
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5646251&fecha=22/03/2022#gsc.tab=0
Av. 28 de Julio, esquina Calle Misión del Carmen (Plaza naváh), Local 7, 77710 Playa del Carmen, Q.R.
9:00 AM – 2.00 PM
3:00 PM – 5.00 PM
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